viernes, 28 de febrero de 2014

TORRES QUEVEDO: INCORPORACIÓN DE DOCTORES

La Secretaría de Estado de I+D+i convocó el pasado 31 de diciembre de 2013 ayudas para la incorporación de recursos humanos bajo los subprogramas:
  -RAMÓN Y CAJAL (RYC);
  -JUAN DE LA CIERVA (JDC);
  -PERSONAL TÉCNICO DE APOYO (PTA);
  -TORRES QUEVEDO (PTQ).

Vamos a centrarnos en el TORRES QUEVEDO, ya que es el único destinado a EMPRESAS.

Se trata de una ayuda destinada a la contratación laboral de DOCTORES que desarrollen proyectos concretos de INVESTIGACIÓN INDUSTRIAL, DESARROLLO EXPERIMENTAL o ESTUDIOS DE VIABILIDAD TÉCNICA previa, con el objetivo de favorecer su carrera profesional, estimular la demanda en el sector privado de personal cualificado para ejecutar proyectos de I+D y ayudar a consolidar empresas tecnológicas de reciente creación.

Serán beneficiarios de este subprograma PTQ: 
  • EMPRESAS, incluidas Spin-Off y JEIs;
  • CENTROS TECNOLÓGICOS de ámbito estatal;
  • CENTROS DE APOYO A LA INNOVACIÓN TECNOLÓGICA de ámbito estatal;
  • ASOCIACIONES EMPRESARIALES sectorial sin ánimo lucro; 
  • PARQUES CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS.
Los conceptos subvencionables serán los COSTES LABORALES (RETRIBUCIÓN BRUTA MÁS CUOTA EMPRESARIAL DE SS.SS.) de DOCTORES que realicen actividades de I+D (INVESTIGACIÓN INDUSTRIAL, DESARROLLO EXPERIMENTAL o ESTUDIOS DE VIABILIDAD TÉCNICA previa) adicionales a las que esté realizando el beneficiario, siempre que la contratación se haya realizado después del 13/12/2012.

Estas ayudas se caracterizan por:

   -DURACIÓN CONTRATO: 3 AÑOS a contar desde el intervalo de fecha de Resolución Concesión más 20 días. Si el doctor ya estuviera contratado por la entidad con anterioridad al 31/12/2013, y posterioridad al 13/12/2012, la ayuda comenzará a contar desde el momento en que el contrato tenga carácter INDEFINIDO, que nunca podrá ser posterior a la fecha de Resolución Concesión más 20 días.
   -PRESUPUESTO MÁXIMO: 55.000 €/año
   -PRESUPUESTO MÍNIMO: 18.000 €/año
   -SUBVENCIÓN NETA EQUIVALENTE:
 
 PROYECTO
PEQUEÑA
MEDIANA
GRANDE o resto benef
INV INDUST
70%
60%
50%
EST VIAB TÉC previos INV IND
75%
75%
65%
DES EXPERIM
45%
35%
25%
EST VIAB TÉC previos DES EXP
50%
50%
40%

Y a los investigadores se les exige que dispongan del GRADO DE DOCTOR A FECHA DE SOLICITUD, y no tengan vinculación laboral ni accionarial entre 16/06/2011 Y 13/12/2012, excepto Spin-Off o JEIs.

Para poder solicitar dichas ayudas el plazo se abrió el 20 de Febrero de 2012 y finaliza el 13 de Marzo a las 15:00h.
 
Más info: 
Resolución 27/12/2013 (BOE 31 diciembre 2013, pág. 107.239)
Orden ECC/1402/2013 (BOE 24 julio 2013, pág. 54.448)

lunes, 24 de febrero de 2014

PROGRAMA BILATERAL ESPAÑA-COREA DE COOPERACIÓN TECNOLÓGICA


Se abre convocatoria conjunta en el marco del programa de cooperación firmado entre el CDTI y el Korea Institute for Advancement of Technology (KIAT) para la presentación de propuestas de proyectos de I+D en colaboración entre entidades de ambos países.

Su objetivo es promover la cooperación tecnológica empresarial entre entidades de España y Corea en proyectos conjuntos de transferencia de tecnología, desarrollo tecnológico e innovación con el objetivo de incrementar el nivel tecnológico de las industrias de ambas naciones.

Está destinada a proyectos con actividades tanto de INVESTIGACIÓN INDUSTRIAL como de DESARROLLO EXPERIMENTAL dentro de los programas:
     Bilateral KSI
     Multilateral EUREKA
     EUROSTAR
     HORIZONTE 2020

Cada país, a través de sus organismos gestores, CDTI en España y KIAT en Corea, será el responsable de la evaluación y posterior certificación de los proyectos aprobados con este "sello de calidad" KSI que ofrece a las empresas participantes.

La consecución de este sello KSI otorga a las entidades participantes unas condiciones de cofinanciación más ventajosas que si se tratase de un proyecto de cooperación nacional, sobre todo en el tramo no reembolsable de la ayuda.

Las características de la ayuda son las siguientes:
  TRAMO REEMBOLSABLE: 75% del presupuesto (en casos excepcionales hasta el 85%):
     -Tipo interés: Euribor a 12 meses más 0,1pto;
     -Plazo devolución: 10 años desde centro proyecto;
     -1er reembolso: 3 años desde centro proyecto con un mínimo de 2 años desde fin proyecto.
  TRAMO NO REEMBOLSABLE: 25% del tramo reembolsable.

El plazo de presentación en CDTI finaliza el 1 de Mayo de 2014, ya que deben enviar la evaluación del proyecto al KIAT antes del 20 de Junio.

Más info:

miércoles, 5 de febrero de 2014

Sello PYME INNOVADORA

La SubDG de Fomento de la Innovación Empresarial del MINECO creará, sin coste para las empresas, un registro público de PYMEs INNOVADORAS.

En una primera fase, y a efectos de acceso a la línea “ICO INNOVACIÓN FONDO TECNOLÓGICO”, el MINECO ha publicado la lista de las empresas que reúnen los requisitos de los puntos 1, 2 y 3 para su inclusión en la lista de beneficiariso de la citada línea ICO: listado de PYMEs INNOVADORAS.

Posteriormente, la aprobación del sello oficial de PYME INNOVADORA dará derecho al uso del logo oficial y llevará aparejado otros beneficios que serán objeto de nueva publicación.

Los requisitos para obtener el sello PYME INNOVADORA son los siguientes:

1. Haber recibido ayudas públicas a proyectos de I+D+i en los  últimos 3 años, sin haber sufrido revocación por incorrecta o insuficiente ejecución de la actividad financiada, a través de:
  • Convocatorias de concurrencia competitiva en el VI Plan Nacional de Investigación, Desarrollo e Innovación o del Plan Estatal  Investigación científica, técnica y de innovación.
  • Proyectos de I+D+i del CDTI.
  • 7º Programa Marco de I+D+i de la UE o programa Horizonte 2020.
  • Línea de Empresas de Base Tecnológica de ENISA.

2. Demostrar el carácter innovador mediante su actividad propia: 
  • Tener una patente propia en explotación desde 5 años o menos.
  • Recibir Informe Motivado Vinculante positivo, en los últimos 3 años, de que ha realizado actividades de I+D+i a efectos de deducción en el Impuesto sobre sociedades.
  • Adjudicataria de contratos de Compra Pública Innovadora en los últimos 3 años.
  • Ser Spin-off de algún OPI dependiente del MINECO, Universidad Pública o  Centro Tecnológico integrado en el registro del MINECO creado por el RD 2093/2008, máximo desde 3 años anteriormente a la solicitud. 

3. Acreditada su capacidad de innovación mediante certificaciones oficiales reconocidas por el MINECO:
  • Joven Empresa Innovadora (JEI) según la Especificación de AENOR EA0043: acreditación según UNE 166.001 o RD1432/2003. 
  • Pequeña o Microempresa según la Especificación de AENOR EA0047: acreditación según UNE 166.001 o RD1432/2003.
  • Mediana empresa: acreditación según UNE 166.002.

4. Actividad recogida bajo alguno de los siguientes CNAEs:
  • Manufactureros de tecnología alta: 21, 26 y 30.3.
  • Manufactureros de tecnología media-alta: 20, 27 a 29, 30-30.1-30.3 y 32.5.
  • Servicios de alta tecnología o de punta: 59 a 63 y 72.
  • Fabricación TIC. 
  • Servicios TIC.
  • Telecomunicaciones. 

Para solicitar la inscripción debe disponerse de certificado electrónico que:
   -Pertenezca a persona acreditada como representante legal en el Registro Unificado de Solicitantes (RUS);
   -Sea admitido en la plataforma @firma: Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o Autoridad de Certificación de la AAPP Española

El proceso de solicitud podrá realizarse a través de la web del MINECO: ALTA.

martes, 4 de febrero de 2014

LÍNEA ICO INNOVACIÓN FONDO TECNOLÓGICO 2013-2015


El Ministerios de Economía y Competitividad a través del Instituto de Crédito Oficial acaba de publicar en su web la LÍNEA ICO INNOVACIÓN FONDO TECNOLÓGICO 2013-2015 para fomentar la realización de inversiones productivas en España por empresas innovadoras.

Está destinado a EMPRESAS INNOVADORAS que cumplan los criterios de inclusión en la lista de beneficiarios del sello PYME INNOVADORA (con el CIF de la empresa la entidad de crédito consultará si figura en dicho listado).

Se financiará la adquisición de ACTIVOS FIJOS PRODUCTIVOS nuevos o de segunda mano que no hayan sido subvencionados anteriormente, el IVA queda excluido.

El importe máximo del préstamo puede alcanzar el 100% del importe hasta 1,5 millones de euros.

Las características del préstamos son:
  -TIPO DE INTERÉS: variable o fijo (ver t.i.):
     VARIABLE (revisable semestralmente): desde 2,782% TAE con plazo de devolución 1 año sin carencia; hasta 5,03% TAE con plazo de devolución 7 años con 1 año de carencia.
     FIJO: desde 2,757% TAE con plazo de devolución 1 año sin carencia; hasta 5,161% TAE con plazo de devolución 7 años con 1 año de carencia.
  -PLAZO AMORTIZACIÓN: 1, 2, 3, 5 y 7 años con la posibilidad de 1 año de carencia.

El plazo de ejecución de la inversión finaliza 1 año después de la firma de la operación. La factura no puede estar pagada ANTES de la fecha de la firma de la operación.

Tanto las comisiones como las garantías quedan a decisión de la entidad de crédito. Pero las comisiones solo podrán aplicarse en caso de amortización anticipada, si es voluntaria la comisión máxima no debe superar el 1,75% (x Importe cancelado), y si es obligatoria hasta el 2,50% (x Importe cancelado).

Empiezan a publicarse las primeras entidades de crédito intermediadoras en las que se debe realizar la solicitud, dicho listado se irá actualizando en la web "Dónde solicitar" de la línea ICO INNOVACIÓN:
 
  • BANCA MARCH
  • BANCO CAIXA GERAL
  • BANCO COOPERATIVO
  • BANCO POPULAR
  • BANCO SABADELL
  • BANKIA
  • BANTIERRA NUEVA CAJA RURAL ARAGÓN
  • CAJA RURAL CASTILLA LA MANCHA
  • CAJA RURAL DE SORIA
  • CAJA RURAL DE ZAMORA
  • CAJASIETE
  • GLOBALCAJA
  • TAGOBANK
  • UNICAJA BANCO

El plazo para solicitar estas ayudas estará abierto hasta el 14 de diciembre de 2015.

Más info:
Web ICO INNOVACIÓN