viernes, 28 de diciembre de 2012

EL RETORNO DE LAS BONIFICACIONES EN COTIZACIÓN A SS.SS. POR INVESTIGADORES

Un día tan señalado como hoy, Día de los Inocentes, se publica en el BOE la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.

Unas 515 páginas de documento que en su DISPOSICIÓN ADICIONAL número "Septuagésima novena", osea 79, incorpora las Bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social a favor del personal investigador.

El texto referido a dicha disposición adicional indica, literalmente, lo siguiente: 

     1. Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida y en los términos que reglamentariamente se establezcan, se autoriza al Gobierno para que establezca bonificaciones en las cotizaciones correspondientes al personal investigador que, con carácter exclusivo, se dedique a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica a que se refiere el artículo 35 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.
     2. La bonificación equivaldrá al 40 por ciento de las cotizaciones por contingencias comunes a cargo del empresario y la misma será compatible, en los términos que reglamentariamente se establezcan, con la aplicación del régimen de deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica establecido en el mencionado artículo 35.
     3. Se tendrá derecho a la bonificación en los casos de contratos de carácter indefinido, así como en los supuestos de contratación temporal, en los términos que reglamentariamente se establezcan.

Ahora habrá que esperar a la publicación del Reglamento para ver los términos de aplicación de estas bonificaciones.
  
 
Ley 17/2012, de 27 de diciembre: BOE nº 312 de 28 de diciembre de 2012
  
 

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