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miércoles, 11 de diciembre de 2013

PROYECTO DE RD SOBRE BONIFICACIONES EN LA COTIZACIÓN A LA SS.SS. DEL PERSONAL INVESTIGADOR

Se somete a trámite de audiencia pública el proyecto de Real Decreto sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador.

Podrán presentarse las observaciones que oportunas hasta el día 16 de diciembre inclusive. Dichos comentarios o sugerencias se enviarán por correo electrónico sgfomentoinnovacion@mineco.es con la referencia “Observaciones al Proyecto de Real Decreto sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador”.

Como novedades respecto a la legislación anterior, LEY 35/2006, destacar:
     -Compatible con las deducciones fiscales por actividades de I+D+i ÚNICAMENTE en el caso de PYMEs intensivas en I+D+i, reconocidas por el MINECO mediante el sello "PYME INNOVADORA".
     -Para el resto de entidades serán compatibles con las deducciones siempre que NO se apliquen sobre el mismo investigador.
     -Debe comunicarse su aplicación a la AEAT al menos 30 días antes a su implantación y continuará hasta la finalización del periodo impositivo. Salvo renuncia se prorrogará tácitamente en los ejercicios sucesivos.
     -El informe motivado será obligatorio en el caso de empresas que apliquen la reducción en 5 o más investigadores a lo largo de 3 o más meses del mismo ejercicio. Dicho informe deberá aportarse en un plazo máximo de 6 meses tras la finalización del ejercicio. Esto implica la necesidad de un informe técnico emitido por una entidad acreditada por la ENAC.
     -Las empresas que apliquen bonificaciones y deducciones deberán además aportar ante la AEAT una memoria anual de actividades y proyectos ejecutados e investigadores afectados por la bonificación en el ejercicio vencido, en el plazo de 1 mes desde la finalización del ejercicio fiscal.

Más info:

viernes, 28 de diciembre de 2012

EL RETORNO DE LAS BONIFICACIONES EN COTIZACIÓN A SS.SS. POR INVESTIGADORES

Un día tan señalado como hoy, Día de los Inocentes, se publica en el BOE la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.

Unas 515 páginas de documento que en su DISPOSICIÓN ADICIONAL número "Septuagésima novena", osea 79, incorpora las Bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social a favor del personal investigador.

El texto referido a dicha disposición adicional indica, literalmente, lo siguiente: 

     1. Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida y en los términos que reglamentariamente se establezcan, se autoriza al Gobierno para que establezca bonificaciones en las cotizaciones correspondientes al personal investigador que, con carácter exclusivo, se dedique a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica a que se refiere el artículo 35 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.
     2. La bonificación equivaldrá al 40 por ciento de las cotizaciones por contingencias comunes a cargo del empresario y la misma será compatible, en los términos que reglamentariamente se establezcan, con la aplicación del régimen de deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica establecido en el mencionado artículo 35.
     3. Se tendrá derecho a la bonificación en los casos de contratos de carácter indefinido, así como en los supuestos de contratación temporal, en los términos que reglamentariamente se establezcan.

Ahora habrá que esperar a la publicación del Reglamento para ver los términos de aplicación de estas bonificaciones.
  
 
Ley 17/2012, de 27 de diciembre: BOE nº 312 de 28 de diciembre de 2012
  
 

viernes, 9 de noviembre de 2012

RETORNO DE BONIFICACIONES SS.SS. POR PERSONAL INVESTIGADOR Y MEJORA EN CONVOCATORIA PRÉSTAMOS I+D+i

SI FUNCIONA... NO LO TOQUES!!!!!, pues parece que a veces se intentan hacer "modificaciones" que luego hay que volver a restaurar al estado inicial. No me refiero a temas informáticos, me refiero a dos políticas de I+D+i que voy a comentar.

1. Allá por julio de 2012 se publicó el Real Decreto-ley 20/2012 en el cual, entre otras medidas, se eliminan las bonificaciones en la cuota empresarial de la SS.SS. por personal investigador con dedicación exclusiva, lo que le representaba al empresario pagador-contratador un 40% menos de los costes de SS.SS. que abonaba por disponer de personal ejecutando actividades de I+D+i, como quien dice acaba de publicarse.
Pues parece ser que el PP acaba de incorporar una enmienda, la número 2.695, para volver a establecer estas bonificaciones para la anualidad 2013, detallando que será para trabajadores que con caracter exclusivo realicen actividades de I+D+i y, especifica, que serán compatibles con las deducciones fiscales por I+D+i.

2. ¿Quién no se lee los Presupuestos Generales del Estado en sus ratos libres?, pues parece que, como hasta agosto solo se convocaron el 9% de los préstamos vinculados a los programas competitivis Fomento y coordinación de la investigación científica y técnica e Investigación y desarrollo tecnológico industrial, el motivo seguramente sea sus intereses, que ya no son del 0%, y que se necesita autorización del Ministerio de Hacienda para emitirse, por conllevar un t.i. inferior al de la Deuda del Estado para el mismo plazo, se van a incluir modificaciones en dichos presupuestos para poder realizar la convocatoria de estos préstamos, entre los cuales tendremos las ayudas de CDTI.
Se recoge así en la DISPOSICIÓN ADICIONAL Novena:
"Durante el ejercicio 2013 la concesión de préstamos y anticipos con cargo a créditos de la política 46 “Investigación, desarrollo e innovación” no requerirá de la autorización prevista en la letra a) del apartado Uno de la disposición adicional octava de esta ley cuando el tipo de interés aplicable a los préstamos y anticipos sea igual o superior al tipo de interés euribor a un año publicado por el Banco de España correspondiente al mes anterior a la aprobación de su convocatoria o, en su caso, al mes anterior a su concesión."


BOCG-ENMIENDAS proyecto PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2013: ENMIENDA núm. 2.695 (ver pág. 1748-1749);
SEPG-Proyecto PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2013: DISPOSICIONES ADICIONALES

lunes, 16 de julio de 2012

ELIMINADAS BONIFICACIONES EN CUOTA SSSS POR PERSONAL INVESTIGADOR

Entre ese compendio de medidas, en teoría para garantizar la estabilidad presupuestaria y fomentar la competitividad, contempladas en el recién publicado Real Decreto-ley 20/2012, se recoge medio escondido en su Disposición derogatoria única. Derogación normativa una medida que elimina ese 40% de bonificación en la cuota empresarial de la SS.SS. destinada a las entidades con PERSONAL INVESTIGADOR CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA.

Concretamente esa disposición indica en su apartado 2:
  2. Se derogan las siguientes disposiciones en materia de empleo y Seguridad social:
  f) Real Decreto 278/2007, de 23 de febrero, sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social respecto del personal investigador.
  g) Las referencias a las bonificaciones contempladas en el Real Decreto 1432/2003, de 21 de noviembre, por el que se regula la emisión por el Ministerio de Ciencia y Tecnología de informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos, a efectos de la aplicación e interpretación de deducciones fiscales por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica.

Qué nos queda a las empresas que seguimos dedicando recursos a actividades de I+D+i???, a parte de una palmadita en la espalda:
  -Subvenciones: esto ya es un término histórico...
  -Deducciones fiscales por I+D+i: parece que resisten...
  -Patent box: terminará de concretarse su aplicación segura...
  -CDTI: publicará sus reglas de juego algún día...
  -7º Programa Marco de la UE: demasiados recursos para gestionarlo...