Si sois empresas industriales (excepto
los sectores de automoción, aeroespacial, construcción de barcos y estructuras
flotantes) y deseáis realizar
actuaciones industriales cuya finalidad sea la mejora de la competitividad, estáis de suerte.
El Ministerio de Industria acaba de convocar las ayudas para el FOMENTO DE LA COMPETITIVIDAD EN LA INDUSTRIA MANUFACTURERA.
Son ayudas dirigida a EMPRESAS con actividad principal en la
Sección C en Divisiones 10 a 32 del CNAE 2009. Excluidos 29, 30.11, 30.3; y Agrupaciones de Interés Económico (AIE) formadas por empresas de las señaladas como beneficiarias.
Se financiarán mediante PRÉSTAMOS proyectos de:
1. Actividades conducentes a la generación de prototipos de
nuevos productos o de productos que incorporen mejoras significativas respecto
a los existentes. Estos prototipos no podrán ser comercializables, salvo en el
caso de que el prototipo sea necesariamente el producto comercial final y
resulte demasiado costoso producirlo para utilizarlo solamente a efectos de
demostración y validación.
2. Actividades conducentes al desarrollo y la puesta en
prueba piloto de nuevos procesos o de procesos que mejoren significativamente
la sostenibilidad, la flexibilidad de las líneas de producción para adaptarse a
la demanda y la eficiencia (energética, en el uso de recursos, etc.).
3. Actividades de
diseño y puesta en marcha de un proyecto piloto para establecer sistemas de
producción en red, entornos de trabajo colaborativos o cualquier sistema que
contribuya a la adopción de sistemas avanzados de producción, incluyendo las
modificaciones o la implantación de nuevos sistemas necesarios para optimizar
la logística de suministro y distribución vinculada a la producción. Quedan
excluidas las inversiones destinadas a la creación y funcionamiento de redes de
distribución, así como las inversiones en infraestructuras logísticas que
excedan el ámbito de la empresa.
4. Estudios
destinados a determinar la viabilidad técnica de actuaciones englobadas en los
párrafos 1 a 3 anteriores.
5. Formación según
la siguiente tipología y características:
a)
Formación específica: enseñanza teórica y práctica aplicable principal y
directamente en el puesto de trabajo actual o futuro del trabajador en la
empresa beneficiaria y que ofrece cualificaciones que no son transferibles, o
sólo de forma restringida, a otras empresas o a otros ámbitos laborales.
6. Inversiones
que cumplan al menos una de las condiciones siguientes:
a)
Inversiones que permitan al beneficiario incrementar el nivel de protección del
medio ambiente derivado de sus actividades superando las normas comunitarias,
independientemente de la existencia de normas nacionales obligatorias más
estrictas que las comunitarias.
b)
Inversiones que permitan al beneficiario incrementar el nivel de protección del
medio ambiente derivado de sus actividades en ausencia de normas comunitarias.
Quedan excluidas
de esta categoría las inversiones destinadas a realizar una adecuación de la empresa a normas comunitarias ya aprobadas que no
estén aún en vigor. Serán de especial
interés aquellas actuaciones que, cumpliendo los requisitos anteriores,
tengan como objetivo la depuración y
reutilización de efluentes (especialmente aguas), así como la valorización, reciclado y reutilización de
residuos de productos o procesos.
7. Inversión en medidas de ahorro energético.
8. Estudios
medioambientales previos directamente vinculados a las actividades detalladas
en los párrafos 6 y 7 anteriores.
Los conceptos subvencionables son:
CATEGORÍA DE LA AYUDA
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CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
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1, 2 y 3. INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO E INNOVACIÓN
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A) PERSONAL PROPIO O CONTRATADO;
B) AMORTIZACIÓN DE INSTRUMENTOS Y EQUIPAMIENTO;
C) SUBCONTRATACIONES (MÁX 90%), COSTES DE INVESTIGACIÓN
CONTRACTUAL, CONOCIMIENTOS TÉCNICOS, PATENTES, CONSULTORÍA Y EQUIVALENTE;
D)
GASTOS GENERALES: costes indirectos (MÁX 15% sobre PERSONAL), viajes, informe
de auditoria (MÁX 50% del coste hasta 1.500 €, siempre que no esté obligado a
auditar cuentas);
E) OTROS GASTOS: material, suministros y
similares;
F) AMORTIZACIÓN DE EDIFICIOS Y TERRENOS.
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4. ESTUDIOS DE VIABILIDAD TÉCNICA
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COSTES DEL ESTUDIO
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5. FORMACIÓN
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A) DOCENTES;
B) DESPLAZAMIENTO DE DOCENTES Y DE LOS BENEFICIARIOS,
INCLUYENDO EL ALOJAMIENTO;
C) GASTOS CORRIENTES: materiales y suministros;
D) AMORTIZACIÓN DE INSTRUMENTOS Y EQUIPOS;
E) SERVICIOS DE ASESORÍA;
F) HORAS DE PERSONAL BENEFICIARIO;
G) COSTES INDIRECTOS: administrativos, alquileres, gastos generales (MÁX
15%xPersonal).
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6. INCREMENTO NIVEL PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
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INVERSIÓN SUPLEMENTARIA PARA ALCANZAR UNOS NIVELES DE
PROTECCIÓN SUPERIOR AL EXIGIDO:
A) ACTIVOS MATERIALES: suelo, edificios, instalaciones, bienes
de equipo;
B) ACTIVOS INMATERIALES: adquisición de
patentes, licencias, know-how o conocimientos técnicos no patentados.
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7. AHORRO ENERGÉTICO
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INVERSIÓN SUPLEMENTARIA PARA ALCANZAR UNOS NIVELES DE
PROTECCIÓN SUPERIOR AL EXIGIDO:
A) ACTIVOS MATERIALES: suelo, edificios, instalaciones, bienes
de equipo;
B) ACTIVOS INMATERIALES: adquisición de
patentes, licencias, know-how o conocimientos técnicos no patentados.
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8. ESTUDIOS MEDIO AMBIENTALES
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COSTES DEL ESTUDIO
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El plazo para solicitarlas finaliza el 12 de Junio de 2012.
CONVOCATORIA 2012: Orden
IET/1074/2012 (BOE 23 de Mayo de 2012, pág. 37.224)
BASES REGULADORAS: Orden
ITC/2366/2011 (BOE 3 de Septiembre de 2011, pág. 95.756)

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