martes, 12 de agosto de 2014

IBEROEKA ESPAÑA-PERÚ

Con el objetivo de desarrollar soluciones innovadoras, que supongan una mejora del estado del arte de la tecnología empleada y demuestren un potencial significativo de aplicación comercial, está abierta hasta el próximo 5 de Septiembre de 2014 la convocatoria del PROGRAMA BILATERAL ESPAÑA-PERÚ DE COLABORACIÓN TECNOLÓGICA EMPRESARIAL. Esta convocatoria está gestionada en España por CDTI y en Perú por CONCYTEC.

Esta convocatoria busca la colaboración entre empresas españolas y peruanas, por lo que los proyectos deben ser presentados al menor por 1 empresa española y 1 PYME peruana con participación equilibrada. Además, podrán participar Organismos de Investigación (Centros Tecnológicos y Universidades) bajo la forma de subcontratación en España o de colaboración en Perú.

La tipología del proyecto deberá estar encuadrada en:
  • Investigación industrial y desarrollo de tecnología innovadora a escala piloto y/o de prototipo;
  • Producción de conocimientos aplicables a una solución tecnológica, cuyo desarrollo alcance una escala de laboratorio o equivalente;
  • Desarrollo tecnológico, que partiendo de una actividad de investigación industrial de lugar a un producto, proceso o servicio innovador con perspectivas de mercado (a escala piloto o de prototipo);
  • Modificación de procesos productivos que impliquen esfuerzos relevantes de ingeniería.

Además, los proyectos deben tener un presupuesto mínimo de 175.000€/empresa, una duración entre 1 y 2 años, y pertenecer a uno de los siguientes sectores:
  • Agricultura, agroindustria y agro exportación.
  • Forestal maderable y manufactura.
  • Acuicultura y pesca.
  • Fibras, textiles y confecciones.
  • Minería, metalurgia y metalmecánica.
  • Turismo y artesanía.
  • Educación.
  • Salud y nutrición.
  • Seguridad.
  • Recursos hídricos.
  • Energía.
  • Cambio climático y desastres naturales.
  • Biotecnología, biomedicina y farmacia.
  • Ciencias cognitivas.
  • Tecnologías de la información, de telecomunicaciones y de conocimiento.
  • Nuevos materiales y nanotecnología.

Las características de esta ayuda con:
·         España: préstamo 75% coste elegible a t.i. Euribor a 12 meses más 0,1pto incluyendo un tramo no reembolsable de 25% (PYME) o 20% (Gran), con plazo de devolución de 10 años desde centro proyecto, siendo 1er reembolso 3 años desde centro proyecto con un  mínimo de 2 años desde fin;
·            Perú: subvención 70% coste elegible con MÁX 427.500 PEN.

Los conceptos de gasto cofinanciables son los siguientes:
España:
   -PERSONAL: investigadores, técnicos y auxiliares;
   -DEDICACIÓN DE EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL;
   -INVESTIGACIÓN CONTRACTUAL, CONOCIMIENTOS TÉCNICOS, PATENTES, CONSULTORÍA Y SERVICIOS DESTINADOS A ACTIVIDAD DE INVESTIGACIÓN;
   -OTROS COSTES DE FUNCIONAMIENTO: material, suministros y similares;
   -GASTOS GENERALES SUPLEMENTARIOS.
Perú:
   -PERSONAL: al menos representante legal, responsable administrativo y responsable técnico;
   -EQUIPOS y sus accesorios. MÁX 20% total costes elegibles;
   -OPERACIÓN: MATERIALES; SOFTWARE para el manejo de los Equipos; DERECHOS DE PI; DISEÑO EMBALAJE; ANÁLISIS TECNOLÓGICOS; BIBLIOGRAFÍA; CONSULTORÍA ESPECIALIZADA;
   -PROTOTIPO: diseño, modelo a nivel piloto, prototipos para pruebas, actividades posteriores a la validación para ampliar a escala industrial;
   -SERVICIOS ESPECILIAZADOS puntuales;
   -VIAJES nacionales o internacionales;
   -DIFUSIÓN: participación en seminarios, congresos…

Más info:

martes, 5 de agosto de 2014

Novedades sobre I+D+i en el PROYECTO DE LEY DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES_01/08/2014

Entre los tres proyectos de ley del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas aprobados en el Consejo de Ministros del día 1 de Agosto de 2014 para su remisión a las Cortes Generales:

   -PROYECTO DE LEY por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas;

   -PROYECTO DE LEY por la que se modifican la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido;

   -PROYECTO DE LEY del Impuesto Sobre Sociedades.

Nos interesa destacar, en relación a este último, dos novedades recogidas vinculadas a la deducción fiscal por actividades de I+D+i:

Nuevo incentivo por aprovechamiento de I+D
El Proyecto de Ley fija un nuevo incentivo para las empresas que realicen un mayor esfuerzo en inversión en I+D. Aquellas que destinen cuantías superiores al 10% de su cifra de negocio podrán elevar de 3 a 5 millones de euros anuales el importe monetizable de la deducción por I+D.
En el Anteproyecto de Ley se establecía un porcentaje de deducción por I+D incrementado del 50%, para estos casos. Sin embargo, el Proyecto de Ley sustituye dicho porcentaje incrementado por el nuevo límite de cinco millones de euros, a fin de adelantar e incrementar la seguridad de la deducibilidad efectiva de las cantidades invertidas en I+D en aquellas inversiones especialmente intensivas.

Extensión de la deducción por innovación a animación y videojuegos
A efectos de esta deducción, se añaden al concepto de innovación tecnológica las actividades de proyectos de demostración inicial o proyectos piloto relacionados con la animación y los videojuegos. Ello beneficiará a la industria cinematográfica y audiovisual, en general.
El desarrollo de dichos proyectos permitirá aplicar la deducción del 12% de los gastos efectuados en el período impositivo directamente relacionados con estas actividades que se apliquen efectivamente a su realización y consten específicamente individualizados por proyectos.

Más info: