viernes, 28 de diciembre de 2012

EL RETORNO DE LAS BONIFICACIONES EN COTIZACIÓN A SS.SS. POR INVESTIGADORES

Un día tan señalado como hoy, Día de los Inocentes, se publica en el BOE la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.

Unas 515 páginas de documento que en su DISPOSICIÓN ADICIONAL número "Septuagésima novena", osea 79, incorpora las Bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social a favor del personal investigador.

El texto referido a dicha disposición adicional indica, literalmente, lo siguiente: 

     1. Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida y en los términos que reglamentariamente se establezcan, se autoriza al Gobierno para que establezca bonificaciones en las cotizaciones correspondientes al personal investigador que, con carácter exclusivo, se dedique a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica a que se refiere el artículo 35 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.
     2. La bonificación equivaldrá al 40 por ciento de las cotizaciones por contingencias comunes a cargo del empresario y la misma será compatible, en los términos que reglamentariamente se establezcan, con la aplicación del régimen de deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica establecido en el mencionado artículo 35.
     3. Se tendrá derecho a la bonificación en los casos de contratos de carácter indefinido, así como en los supuestos de contratación temporal, en los términos que reglamentariamente se establezcan.

Ahora habrá que esperar a la publicación del Reglamento para ver los términos de aplicación de estas bonificaciones.
  
 
Ley 17/2012, de 27 de diciembre: BOE nº 312 de 28 de diciembre de 2012
  
 

martes, 11 de diciembre de 2012

INNFLUYE 2013-PROGRAMA NACIONAL DE REDES

Con el objetivo de crear y consolidar las Plataformas Tecnológicas que impulsen la mejora de la capacidad tecnológica y la competitividad creciente del sector productivo nacional realizando actividades de intercambio de conocimientos, de planificación y de difusión, el Ministerio de Economía y Competitividad acaba de convocar para la anulidad 2013 las ayudas correspondientes al subprograma INNFLUYE dentro del Programa Nacional de Redes.

Los beneficiarios de esta convocatoria podrán ser:
  a) Empresas.
  b) Centros tecnológicos de ámbito estatal.
  c) Centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
  d) Centros universitarios privados de I+D.
  e) Otros centros privados de I+D sin ánimo de lucro.
  f) Organismos públicos de investigación a los que se les aplique la Ley 13/1986, de 14 de abril.
  g) Universidades públicas y sus departamentos e institutos universitarios.
  h) Otros centros públicos de I+D.
  i) Otras entidades privadas sin ánimo de lucro.
  j) Otras entidades de derecho público.
  k) Agrupaciones o asociaciones.
En cualquiera de los casos deben pertenecer a una Plataforma Tecnológica estable y con Consejo Gestor.

Se subvencionan actuaciones individuales o en cooperación (MÁX 5 beneficiarios) del tipo:
   a) Acciones de difusión.
   b) Foros de intercambio de información o de trabajo.
   c) Actuaciones encaminadas a promover la cooperación entre entidades para el desarrollo de proyectos.
   d) Actuaciones de difusión y análisis.
Siempre referidas a un único sector temático o acción estratégicas de los especificados a continuación: 
     1. Alimentación, agricultura y pesca.

     2. Medioambiente y ecoinnovación.
     3. Energía.
     4. Seguridad y Defensa.
     5. Construcción, ordenación del territorio y patrimonio cultural.
     6. Turismo.
     7. Transporte y Aeroespacial.
     8. Sectores industriales.
     9. Farmacéutico.
     10. Salud.
     11. Biotecnología.
     12. Energía y Cambio climático.
     13. Nanociencia y nanotecnología, nuevos materiales y nuevos procesos industriales.
     14. Tecnología de la Información y las Comunicaciones.
 


Se cofinancian conceptos de gasto como:
  1. PERSOAL DE GESTIÓN PROPIO O CONTRATADO
  2. APARATOS Y EQUIPOS NUEVOS
  3. MATERIAL FUNGIBLE
  4. SUBCONTRATACIONES
  5. INFORME DE AUDITORÍA ROAC (MÁX 1.200 €/entidad/año)
  6. OTROS GASTOS GENERALES SUPLEMENTARIOS: consultoría o asistencia técnica y viajes.
   7. COSTES INDIRECTOS: Cta. 62 x (Horas Actuación/Horas Totales Empresa)

La cuantía máxima de cofinanciación puede llegar al 95% en caso de entidades sin ánimo de lucro o al 50% en el resto de entidades. Dicha subvención se anticipará tras la resolución de concesión.

En el caso de estar interesados recordar que el plazo para su solicitud va desde las 0:00h del 15 de enero de 2013 hasta las 15:00h del 15 de febrero de 2013, el periodo de ejecución será todo el año 2013.

BASES REGULADORAS:  Orden CIN/1559/2009
CONVOCATORIA 2013: Resolución 20/11/2012
Ampliación crédito: Resolución 13/08/2013

lunes, 10 de diciembre de 2012

FIN AXUDAS AOS PROXECTOS DE INVESTIMENTO EMPRESARIAL

Pois si, todo remata.
Neste sentido o IGAPE acaba de pechar o prazo de presentación de solicitudes ao abeiro da convocatoria feita pública mediante Resolución do 22 de xullo de 2010, trátase das liñas:
  
       IG100-Proxectos cun investimento subvencionable superior a 500.000 euros;
  
       IG101-Proxectos de servizos avanzados intensibos en emprego.
 
Este prazo rematará o 31 de decembro de 2012.
 
Ademáis, os programas IMPULSA OURENSE, IMPULSA LUGO e o PLAN FERROL, EUME E ORTEGAL tamén daranse por finalizados xa que pertencen, aínda que con melloras nas condicións, ás liñas IG100 e IG101.
 
 
RESOLUCIÓN do 3 de decembro de 2012: DOG nº 234 de 10 de decembro de 2012