Con el objetivo de crear y consolidar las Plataformas Tecnológicas que impulsen la
mejora de la capacidad tecnológica y la competitividad creciente del sector
productivo nacional realizando actividades de intercambio de conocimientos, de
planificación y de difusión, el Ministerio de Economía y Competitividad acaba de convocar para la anulidad 2013 las ayudas correspondientes al subprograma INNFLUYE dentro del Programa Nacional de Redes.
Los beneficiarios de esta convocatoria podrán ser:
a) Empresas.
b) Centros tecnológicos de ámbito estatal.
c) Centros de apoyo a la innovación tecnológica de
ámbito estatal.
d) Centros universitarios privados de I+D.
e) Otros centros privados de I+D sin ánimo de lucro.
f) Organismos públicos de investigación a los que se les
aplique la Ley 13/1986, de 14 de abril.
g) Universidades públicas y sus departamentos e
institutos universitarios.
h) Otros centros públicos de I+D.
i) Otras entidades privadas sin ánimo de lucro.
j) Otras entidades de derecho público.
k) Agrupaciones o asociaciones.
En cualquiera de los
casos deben pertenecer a una Plataforma Tecnológica estable y con Consejo
Gestor.
Se subvencionan actuaciones individuales o en cooperación (MÁX 5 beneficiarios) del tipo:
a) Acciones de difusión.
b) Foros de intercambio de
información o de trabajo.
c) Actuaciones encaminadas a
promover la cooperación entre entidades para el desarrollo de proyectos.
d) Actuaciones de difusión y
análisis.
Siempre referidas a un único sector temático o
acción estratégicas de los especificados a continuación:
1. Alimentación, agricultura y pesca.
2. Medioambiente y ecoinnovación.
3. Energía.
4. Seguridad y Defensa.
5. Construcción, ordenación del territorio y patrimonio cultural.
6. Turismo.
7. Transporte y Aeroespacial.
8. Sectores industriales.
9. Farmacéutico.
10. Salud.
11. Biotecnología.
12. Energía y Cambio climático.
13. Nanociencia y nanotecnología, nuevos materiales y nuevos
procesos industriales.
14. Tecnología de la Información y las Comunicaciones.
Se cofinancian conceptos de gasto como:
1. PERSOAL DE GESTIÓN PROPIO O CONTRATADO
2. APARATOS Y EQUIPOS NUEVOS
3. MATERIAL FUNGIBLE
4. SUBCONTRATACIONES
5. INFORME DE AUDITORÍA ROAC (MÁX
1.200 €/entidad/año)
6. OTROS GASTOS GENERALES
SUPLEMENTARIOS: consultoría o asistencia técnica y viajes.
7. COSTES INDIRECTOS: Cta. 62 x (Horas Actuación/Horas Totales
Empresa)
La cuantía máxima de cofinanciación puede llegar al 95% en caso de entidades sin ánimo de lucro o al 50% en el resto de entidades. Dicha subvención se anticipará tras la resolución de concesión.
En el caso de estar interesados recordar que el plazo para su solicitud va desde las 0:00h del 15 de enero de 2013 hasta las 15:00h del 15 de febrero de 2013, el periodo de ejecución será todo el año 2013.
BASES REGULADORAS: Orden CIN/1559/2009
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